lunes, 30 de noviembre de 2015

GUÍA PARA EL CIUDADANO CATÓLICO




1. Para un católico hay principios no discutibles, que deben ser promovidos y protegidos, especialmente, por quienes se dedican a la política. El Papa Benedicto XVI  los resumió en la Encíclica Sacramentum Caritatis[1]. Ellos son:
"el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural;
la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer;
la libertad de educación de los hijos
y la promoción del bien común en todas sus formas".

2. La única manera de hacer efectiva esta obligación moral, en un sistema republicano, es participando activamente en la vida cívica; por ello la Iglesia ha establecido la licitud moral del voto[2].

3. Los que tienen derecho de votar están obligados, por regla general, a ejercitar su derecho, siempre que no se interponga algún obstáculo de gravedad proporcional a la importancia de la elección; porque la abstención se convertiría en complicidad y en responsabilidad ante Dios, siempre que ella pueda contribuir al triunfo de un candidato indigno o a la derrota de un candidato notablemente mejor. (A)

4. Los ciudadanos, en el ejercicio de nuestra libertad y derechos, tenemos que conocer y discernir sobre las propuestas que mejor respondan a nuestros principios y convicciones, como así también sobre la idoneidad y coherencia de las personas que buscan nuestro voto[3].

5. En cuanto al elector, debe votar por la mejor lista o por la menos mala, es decir, por aquella que contiene la mayor cantidad de candidatos buenos o, si no los hay, de los que sacrifiquen menos elementos esenciales para la vida del país. (B)

6. Entre varios candidatos o listas aceptables desde el punto de vista católico, se ha de votar por los que, en conciencia, parezcan más aptos para procurar el mayor bien de la Religión y de la Patria, aunque no pertenezcan al propio partido, porque el bien público es superior al bien del partido. (A)

7. Cuando todos los candidatos o listas que se presenten sean inaceptables desde el punto de vista católico, se ha de votar por los menos inaceptables, de cuya actuación se puedan temer menores perjuicios para la Religión y para la Patria. (A)

8. Votar por un candidato menos malo, no es cooperar a un mal, es procurar un bien. (A)

9. Entre dos malos candidatos, no habrá que abstenerse, a no ser que ambos sean detestables. Esta igualdad absoluta no se verifica nunca, pues sin hablar de las diferentes aptitudes personales de los candidatos, la mayoría de las veces, uno de entre ellos procurará obtener el apoyo de los hombres de bien y esa será la ocasión de sacar el mayor partido posible del concurso que nos hemos visto obligados a prestarle. (B)

10. En este caso se evitará el peligro de escándalo, sobre todo en el período de propaganda electoral, con oportunas reservas sobre el carácter circunstancial de la adhesión prestada, sin aprobar el programa total. (A)

Fuentes:
A) Normas para las elecciones. Episcopado Argentino, 1931.  Azcárate, Andrés. Misal diario para América, 28° edición, Ed. Guadalupe, 1954.
(B) Reglas para elegir entre candidatos;  aprobadas por la Asamblea de Cardenales y Arzobispos de Francia, 1935.

Córdoba, noviembre 30 de 2015.-




[1] Enc. Sacramentum caritatis, 2007, p. 83.
[2] Catecismo, 2240.
[3] “Elecciones, servicio al bien común”; Declaración de la Conferencia Episcopal Argentina, 1-10-2015.